MAGO ALQUIMISTA2

MASON PERUANO HACE RESPONSABLE DE SU ASESINATO A LOS MIEMBROS DE LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA SI SE RATIFICA COMO MAGISTRADOS AL MAL HERMANO MASON IVAN SEQUEIROS VARGAS Y ALA JUEZ ULTRA MAFIOSA SONIA TORRE MUÑOZ

domingo, 21 de diciembre de 2008

SOLICITAN AL CONGRESO DE LA REPUBLICA, COPIA DE DENUNCIA CONSTITUCIONAL DECLARADA PROCEDENTE INTERPUESTA CONTRA ABUSIVO FISCAL SUPREMO.




SOLICITAN AL CONGRESO DE LA REPUBLICA, COPIA DE DENUNCIA CONSTITUCIONAL DECLARADA PROCEDENTE INTERPUESTA CONTRA ABUSIVO FISCAL SUPREMO,PERCY PEÑARANDA PORTUGAL

En uso de nuestro Derecho Constitucional de Petición y de Acceso a la Información Pública muy atentamente se ha solicitado al Dr. José Antonio Abanto Valdivieso, Oficial Mayor del Congreso de la Republica, se nos haga llegar por escrito, copia de la Denuncia Constitucional del ciudadano Julio Alfredo Ugarte Silva interpuesta contra el Fiscal Supremo Percy Peñaranda Portugal, por Delito de Abuso de Autoridad, Prevaricato e Infracción a la Constitución, declarada Procedente por la Sub Comisión de Acusaciones Constitucionales por no haber, el Fiscal Supremo denunciado Percy Peñaranda Portugal, investigado la Denuncia interpuesta en contra del Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar, derivando al Fiscal General del Consejo Supremo de Justicia Militar, copia necesaria para presentar una denuncia por falta grave ante el Consejo Nacional de la Magistratura y solicitar su destitución por ser uno de los responsables del gran incremento de la corrupción en el Perú.
Sullana-Perú , 20 de Diciembre del 2008


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Q.F. HUMBERTO A. RODRÍGUEZ CERNA


Director Ejecutivo de la Asociación “Justicia sin corrupción y Educación con Alimentación” y del Frente Anticorrupción de Agraviados por el Poder Judicial y el Ministerio Publico
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SUMILLA: SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA



DR. JOSE ANTONIO ABANTO VALDIVIESO
OFICIAL MAYOR DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA.
PLAZA BOLIVAR. AV. ABANCAY S/N, LIMA 1


Abelardo Cerna Perez, identificado con DNI N° 17908840, de profesión Químico Farmacéutico con Domicilio Real y Procesal en la Calle Sinchi Roca N° 1138 - Urbanización Palermo - Trujillo, a Usted muy atentamente digo:

Que, en uso de mi Derecho Constitucional de Petición y de Acceso a la Información Pública establecido en el Artículo 2°, incisos 5° y 20° de la Constitución Política del Perú, solicito muy atentamente a usted, se me haga llegar por escrito en mi domicilio procesal señalado arriba, por radicar el denunciante fuera de la ciudad de Lima, copia de la Denuncia Constitucional del ciudadano Julio Alfredo Ugarte Silva interpuesta contra el Fiscal Supremo Percy Peñaranda Portugal, por Delito de Abuso de Autoridad, Prevaricato e Infracción a la Constitución, Denuncia Constitucional presentada el día 19 de Abril del 2008, copia del o de los escritos de fecha 21 de Octubre del 2008 donde se declara Procedente la Denuncia Constitucional, por no haber, el Fiscal Supremo denunciado Percy Peñaranda Portugal, investigado la Denuncia interpuesta en contra del Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar, derivando al Fiscal General del Consejo Supremo de Justicia Militar.


FUNDAMENTOS DE DERECHO:


PRIMERO: Derechos de Petición y de Acceso a la Información Pública.- De conformidad con lo establecido en el Artículo 2°, inciso 5° y 20° de la Constitución Política del Perú, se garantiza el derecho de cualquier persona a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública y Toda persona tiene derecho a formular peticiones ante la Autoridad Competente; la que esta obligada a pronunciarse dentro del plazo de Ley.



SEGUNDO: Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública: Artículos 2°; 3°; 4°; 7°; 8°; 10°; 11° incisos a), b), c), d), g);y 14°.



TERCERO: El Proceso Constitucional de Hábeas Data.- En armonía con lo ordenado en el Artículo 200°, inciso 3°, de la Carta Magna, procede la Proceso Constitucional de Hábeas Data frente a la violación del Derecho Constitucional de acceder a la información pública.


POR TANTO:

Señor Oficial Mayor, sírvase tener por presentado este escrito y resolver de acuerdo a Ley

Sullana, 02 de Diciembre del 2008


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Q.F. ABELARDO CERNA PEREZ.
DNI Nº 17908840

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DR. FRANCISCO JAVIER PALACIOS YAMUNAQUE
ABOGADO

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